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Ayudas para Comunidades de Propietarios para Proyectos en Energías Renovables y Sistemas Térmicos Renovables

Comienza el plazo para la presentación de ayudas para comunidades de propietarios para los proyectos en energías renovables e implantación de sistemas térmicos renovables.

Resumen de la Ayuda para Comunidades

Compatibilidad

  • Orden Regulatoria:
    Según la Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
    (enlace a BOE)
  • Tipo de Concurrencia:
    Competitiva
  • Plazo de solicitud:
    Del 30 de septiembre a 18 de noviembre de 2024
  • Ampliadas en Castilla La Mancha (enlace)
  • Requisitos Indispensables:
    Proyectos no iniciados antes de la solicitud.
    Plazo máximo ejecución 31/03/2026.
  • Las ayudas reguladas en esta Orden de Bases serán compatibles otras ayudas concedidas por cualesquiera administraciones publicas u organismos o entes públicos nacionales.
  • Las ayudas reguladas en esta Orden de Bases no serán incompatibles con otras ayudas concedidas por la Unión Europea para la misma finalidad.
  • Estas Actuaciones no serán susceptibles de generar Certificados de Ahorro de Energía (CAE).

Beneficiarios

  • Para los programas de incentivos 4 y 5 también podrán ser beneficiarios de las ayudas las comunidades de propietarios reguladas por la ley 49/1960 de 21 de Julio.

Ayudas Subvencionables

  • Programa 4: Proyectos de autoconsumo colectivo con almacenamiento con tecnología fotovoltaica o eólica.
  • Programa 5: Proyectos de instalación de bombas de calor renovables.

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Requisitos Generales

Para el Programa 4

  • Potencia de generación superior a 100kW. Esta potencia puede conseguirse mediante proyectos agrupados de instalaciones individuales superiores a 15 kWp y que en su conjunto sumen una potencia igual o mayor a 100 kW.
  • Tienen que ser instalaciones de autoconsumo colectivo, conectadas a red, con o sin excedentes.
  • Tiene que haber al menos un 10% de consumidores vulnerables entre los consumidores asociados a la instalación colectiva. Y estos, tienen que tener asignada a su vez, al menos un 10% de la energía prevista de instalación.
ayuda comunidades propietarios programa 4
ayuda comunidades propietarios programa 4 actuaciones almacenamiento

Para el Programa 5

  • SPF>2,415
  • Potencia mínima 500kW. Se podrán incluir proyectos agrupados de instalaciones individuales mediante bomba de calor de potencia superior a 5 kW y que en conjunto sume una potencia igual o mayor a 500 kW.
  • En el caso de comunidades de propietarios la Potencia mínima será de 70kW.

Conseguir las Ayudas a Comunidades de Propietarios

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  • Gestión de documentación.
  • Elaboración de la documentación justificativa.
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